Las Telecomunicaciones abarcan un espectro muy amplio de posibilidades, por lo tanto en el presente blog me dedicaré a tratar puntualmente el tema de la Telefonía Móvil Celular en Colombia.
Considero que es importante debido a los avances y cambios que ha ocasionado en la sociedad.
En Colombia a partir de 1994 se han venido presentando transformaciones en la manera de comunicarnos, hacer negocios, trabajar, ubicarnos geográficamente, etc. Con la ampliación de la cobertura de los operadores y la incursión de nuevos proveedores de este servicio se ha logrado una comunicación que abarca casi todo el país, adicionalmente la telefonía móvil celular ha hecho posible la interacción entre personas con mayor rapidez, facilidad y evitando desplazamientos que hacen perder tiempo, eficiencia y recursos.
En la actualidad las empresas prestadoras del servicio se han modernizado ofreciendo a sus usuarios redes de comunicaciones más agiles que soportan mayor cantidad de servicios (voz, video, texto, Internet, etc.), de otro lado los teléfonos empleados para comunicarnos han evolucionado de manera considerable haciendo posible portar información, compartirla, realizar transacciones, estar todo el tiempo en línea, etc.
2. Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información
Línea de acción
Objetivos
2. Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información
En la dirección http://www.itu.int/wsis/docs/geneva/official/poa-es.html se encuentra información acerca de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información realizada en Ginebra en 2003. En dicha página se puede consultar un documento que detalla Plan de Acción, Objetivos y Metas, Líneas de Acción, Agenda de Solidaridad Digital, Seguimiento y Evaluación.
Línea de acción
De acuerdo con el tema del presente proyecto y la información consultada acerca de la Cumbre Mundial, la línea de acción que se relaciona es:
Acceso a la información y al conocimiento: Las TIC permiten a la población tener acceso a la información y al conocimiento en cualquier lugar del mundo y de manera prácticamente instantánea. Todas las personas, organizaciones y comunidades deberían tener acceso al conocimiento y la información.
Dentro de los objetivos que se plantean en el mencionado documento de la cumbre, estarían relacionados con el tema del proyecto:
f. Los gobiernos deben promover activamente el uso de las TIC como una herramienta fundamental de trabajo de sus ciudadanos y autoridades locales. A este respecto, la comunidad internacional y las demás partes interesadas deben respaldar la creación de capacidades de las autoridades locales para generalizar la utilización de las TIC, como medio para mejorar la administración local.
g. Fomentar la investigación sobre la Sociedad de la Información, incluso acerca de formas innovadoras de trabajo en redes, adaptación de la infraestructura, herramientas y aplicaciones de las TIC que faciliten el acceso de todos, y en particular, de los grupos desfavorecidos, a esas tecnologías.
Relación entre línea de acción, objetivos y área de interés del proyecto.
La línea de acción se fundamenta en la importancia de que todas las personas tengan acceso a la información a través de las TIC de manera rápida y en cualquier lugar, este aspecto es posible de implementar en nuestro país mediante el uso de la Telefonía Móvil Celular como medio o herramienta que hace posible el acceso a Internet, dicho servicio actualmente tiene cobertura a nivel nacional y con la competencia y leyes originadas por los entes reguladores para la prestación de estos servicios los costos han disminuido haciéndolos más accesibles a la población con menos recursos económicos.
De igual forma también se ha logrado un avance en este sentido pues algunas empresas proporcionan a sus empleados planes corporativos y dispositivos para la realización del trabajo y cumplimiento de sus funciones. El gobierno Colombiano y la parte de responsabilidad social de algunas empresas también han contribuido creando redes de zonas WI-FI para que los ciudadanos puedan navegar gratuitamente en Internet y como ya se había mencionado anteriormente esto ya es viable a través de los nuevos dispositivos de telefonía celular móvil que se encuentran presentes en el mercado Colombiano.
Aunque se han visto progresos aun hace falta en el país mayor apoyo por parte del Gobierno, empresa privada y pública e incluso de los usuarios para cerrar la brecha digital y lograr que Colombia ingrese en una cultura de acceso a la información y buen manejo de la misma, este sería un gran paso que contribuiría al desarrollo de la nación.
Claro (Comcel – Telmex):
a) Diseñar, formular y proponer políticas, planes y programas que garanticen el acceso y la implantación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de fomentar su uso como soporte del crecimiento y aumento de la competitividad del país en los distintos sectores;
2. Promover el establecimiento de una cultura de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el país, a través de programas y proyectos que favorezcan la apropiación y masificación de las tecnologías, como instrumentos que facilitan el bienestar y el desarrollo personal y social.
La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT), de que trata la Ley 142 de 1994, se denominará Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), Unidad Administrativa Especial, con independencia administrativa, técnica y patrimonial, sin personería jurídica adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones es el órgano encargado de promover la competencia, evitar el abuso de posición dominante y regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones; con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad.
3. Organizaciones relacionadas
Proveedores del Servicio:
Algunas de las empresas que ofrecen el servicio del que trata el presente proyecto son.
Claro es la marca con la que América Móvil comercializa sus productos y servicios ahora en 16 de los 18 países del continente, en los que opera.
"Ahora Claro en Colombia ofrecerá un portafolio de soluciones de telecomunicaciones innovador, empaquetado y convergente para personas, hogares y empresas, con la cobertura, calidad y atención que la importante infraestructura combinada de las redes fija y móvil permite", señalo Juan Carlos Archila, Presidente de Claro en Colombia.
Muy pronto, Claro con presencia en más de 1,100 municipios y con más de 15 mil puntos de atención y venta a nivel nacional, identificados con ésta marca, estarán a disposición de sus más de 35 millones de clientes y en general de todos los colombianos.
Fuente: http://www.claro.com.co/wps/portal/co/pc3/personas/ayuda/noticias#879193004bc62188bc29fd824b02be6d
Movistar (Telefónica)
Telefónica es una de las mayores compañías de tecnologías de la información y la comunicación en el país, con ingresos 4 billones de pesos en 2011. El Grupo Telefónica tiene en Colombia las operaciones de Movistar, Terra y Atento. La actividad de Telefónica se centra fundamentalmente en los negocios de telefonía fija y telefonía móvil, servicios de banda ancha, conectividad a Internet y televisión satelital. Telefónica está presente en 885 municipios con telefonía fija y 945 con telefonía móvil GSM, de los cuales 581 tienen redes con tecnología 3G.
Tigo:
Misión: Proveer servicios a personas que quieren mantenerse en contacto con sus comunidades, mantenerse informadas y entretenidas, permitiéndoles expresar sus emociones y mejorar sus vidas.
Ofrecemos servicios económicos, con una amplia cobertura, fáciles de adquirir y usar. Nos enfocamos constantemente en conocer y exceder las expectativas de nuestros clientes y en desarrollar una marca de prestigio social.
Visión: Gente gozando del acceso a su mundo ¡un mundo donde los servicios móviles son económicos, accesibles y disponibles en todos lados y para todos!
Fuente: http://www.tigo.com.co/node/806
Uff:
Uff! Móvil, un mundo simple, justo y diferente donde hacemos divertida tu experiencia de comunicación.
Misión: Ofrecer a nuestros clientes el control en su experiencia de comunicación a través de nuestra propuesta de valor simple, justo y diferente.
Visión: Ser un operador relevante en la categoría de telecomunicaciones en Colombia, cumpliéndole la promesa valor simple, justa y diferente a cada uno de nuestros usuarios.
Fuente: http://www.uffmovil.com/mision
También empresas como ETB y UNE están ingresando en este negocio.
1. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
El Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicaciones es el organismo rector de las comunicaciones en Colombia.
Los objetivos del Ministerio TIC son los siguientes:
1. Diseñar, formular, adoptar y promover las políticas, planes, programas y proyectos del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en correspondencia con la Constitución Política y la ley, con el fin de contribuir al desarrollo económico, social y político de la Nación, y elevar el bienestar de los colombianos. ·
2. Promover el uso y apropiación de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones entre los ciudadanos, las empresas, el gobierno y demás instancias nacionales como soporte del desarrollo social y económico y político de la Nación.
3. Impulsar el desarrollo y fortalecimiento del sector de la Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, promover la investigación e innovación, buscando su competitividad y avance tecnológico conforme al entorno nacional e internacional.
4. Definir la política y ejercer la gestión, planeación y administración del espectro radioeléctrico y de los servicios postales y relacionados, con excepción de lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución Política.
Las funciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, además de las que determina la Constitución Política y la Ley 489 de 1998, conforme lo dispuesto por el artículo 18 de la ley 1341 de 2009, son:
1. Diseñar, adoptar y promover las políticas, planes y programas tendientes a incrementar y facilitar el acceso de todos los habitante del territorio nacional, a las tecnologías de la información y las comunicaciones y a sus beneficios, para lo cual debe:
1. Diseñar, adoptar y promover las políticas, planes y programas tendientes a incrementar y facilitar el acceso de todos los habitante del territorio nacional, a las tecnologías de la información y las comunicaciones y a sus beneficios, para lo cual debe:
a) Diseñar, formular y proponer políticas, planes y programas que garanticen el acceso y la implantación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de fomentar su uso como soporte del crecimiento y aumento de la competitividad del país en los distintos sectores;
b) Formular políticas, planes y programas que garanticen a través del uso de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones: el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad, acceso a mercados para el sector productivo y el acceso equitativo a oportunidades de educación, trabajo, salud, justicia. Cultura y recreación, entre otras;
c) Apoyar el Estado en el acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para facilitar y optimizar la gestión de los organismos gubernamentales y la contratación administrativa transparente y eficiente, y prestar mejores servicios a los ciudadanos;
d) Apoyar al Estado en la formulación de los lineamientos generales para la difusión de la Información que generan los Ministerios, Departamentos Administrativos y Establecimientos Públicos y efectuar las recomendaciones que considere indicadas para lograr que esta sea en forma ágil y oportuna;
e) Planear, formular, estructurar, dirigir, controlar y hacer el seguimiento a los programas y proyectos del Ministerio.
f) Diseñar y desarrollar estrategias masivas que expliquen a los ciudadanos las utilidades y potencialidades de las TIC.
2. Promover el establecimiento de una cultura de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el país, a través de programas y proyectos que favorezcan la apropiación y masificación de las tecnologías, como instrumentos que facilitan el bienestar y el desarrollo personal y social.
3. Coordinar con los actores involucrados, el avance de los ejes verticales y transversales de las TIC, y el plan nacional correspondiente, brindando apoyo y asesoría a nivel territorial.
4. Gestionar la cooperación internacional en apoyo al desarrollo del sector de la TIC en Colombia.
5. Planear, asignar, gestionar y controlar el espectro radioeléctrico con excepción de la intervención en el servicio de que trata el artículo 76 de la Constitución Política, con el fin de fomentar la competencia, el pluralismo informativo, y el acceso no discriminatorio, y evitar practicas monopolísticas.
4. Gestionar la cooperación internacional en apoyo al desarrollo del sector de la TIC en Colombia.
5. Planear, asignar, gestionar y controlar el espectro radioeléctrico con excepción de la intervención en el servicio de que trata el artículo 76 de la Constitución Política, con el fin de fomentar la competencia, el pluralismo informativo, y el acceso no discriminatorio, y evitar practicas monopolísticas.
6. Establecer y mantener actualizado el Cuadro Nacional de Atribución de todas Frecuencias de Colombia con base en las necesidades del País, del interés público y en las nuevas atribuciones que se acuerden en las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, así como los planes técnicos de radiodifusión sonora.
7. Administrar el régimen de contraprestaciones y otras actuaciones administrativas que comporten el pago de derechos, mediante el desarrollo de las operaciones de liquidación, cobro y recaudo, de conformidad con la legislación vigente.
8. Ejercer la representación internacional de Colombia en el campo de las tecnologías de la información y las comunicaciones, especialmente ante los organismos internacionales del sector, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y bajo la dirección del Presidente de la República.
9. Ejecutar los tratados y convenios sobre tecnologías de la información y las comunicaciones ratificados por el país, especialmente en los temas relacionados con el espectro radioeléctrico y los servicios postales.
10. Regir en correspondencia con la Ley las funciones de vigilancia y control en el sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
11. Vigilar el pleno ejercicio de los derechos de información y de la comunicación, así como el cumplimiento de la responsabilidad social de los medios de comunicación, los cuales deberán contribuir al desarrollo social, económico, cultural y político del país y de los distintos grupos sociales que conforman la Nación colombiana, sin perjuicio de las competencias de que trata el artículo 76 de la Constitución Política.
12. Evaluar la penetración, uso y comportamiento de las tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el entorno socioeconómico nacional, así como su incidencia en los planes y programas que implementa o se apoye.
13. Propender por la utilización de las TIC para mejorar la competitividad del país.
14. Promover, en coordinación con las entidades competentes, la regulación del trabajo virtual remunerado, como alternativa de empleo para las empresas y oportunidad de generación de ingresos de los ciudadanos, de todos los estratos sociales.
14. Promover, en coordinación con las entidades competentes, la regulación del trabajo virtual remunerado, como alternativa de empleo para las empresas y oportunidad de generación de ingresos de los ciudadanos, de todos los estratos sociales.
15. Promover, en coordinación con las entidades competentes, la regulación del trabajo virtual remunerado, como alternativa de empleo para las empresas y oportunidad de generación de ingresos de los ciudadanos, de todos los estratos sociales.
16. Procurar ofrecer una moderna infraestructura de conectividad y comunicaciones, en apoyo para los centros de producción de pensamiento así como acompañamientos de expertos, en la utilización de las TIC, capaces de dirigir y orientar su aplicación de manera estratégica.
17. Levantar y mantener actualizado el registro de todas las iniciativas de TIC a nivel nacional, las cuales podrán ser consultadas virtualmente.
16. Procurar ofrecer una moderna infraestructura de conectividad y comunicaciones, en apoyo para los centros de producción de pensamiento así como acompañamientos de expertos, en la utilización de las TIC, capaces de dirigir y orientar su aplicación de manera estratégica.
17. Levantar y mantener actualizado el registro de todas las iniciativas de TIC a nivel nacional, las cuales podrán ser consultadas virtualmente.
18. Formular y ejecutar políticas de divulgación y promoción permanente de los servicios y programas del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, promoviendo el uso y beneficio social de las comunicaciones y el acceso al conocimiento, para todos los habitantes del territorio nacional.
19. Preparar y expedir los actos administrativos, para los fines que se relacionan a continuación:
a) Ejercer la intervención del Estado en el sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones, dentro de los límites y con las finalidades previstas por la ley, con excepción de lo dispuesto por el artículo 76 de la Constitución Política;
b) Establecer condiciones generales de operación y explotación comercial de redes y servicios que soportan las tecnologías de la información y las comunicaciones y que no se encuentren asignados por la ley a otros entes.
e) Expedir de acuerdo con la ley, los reglamentos, condiciones y requisitos para el otorgamiento de licencias, permisos y registros para el uso o explotación de los derechos del Estado sobre el espectro radioeléctrico y los servicios del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; d) Expedir y administrar las contraprestaciones que le corresponden por ley.
20. Fijar las políticas de administración, mantenimiento y desarrollo del nombre de dominio de Internet bajo el código del país correspondiente a Colombia.
21. Reglamentar la participación, el control social, y las funciones y el financiamiento de las actividades de los vocales de control social de los proveedores de redes.
22. Las demás que le sean asignadas en la Ley.
2. Comisión de Regulación de Comunicaciones
CREACIÓN, NATURALEZA Y OBJETO DE LA CRC
La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT), de que trata la Ley 142 de 1994, se denominará Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), Unidad Administrativa Especial, con independencia administrativa, técnica y patrimonial, sin personería jurídica adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones es el órgano encargado de promover la competencia, evitar el abuso de posición dominante y regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones; con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad.
Para estos efectos la Comisión de Regulación de Comunicaciones adoptará una regulación que incentive la construcción de un mercado competitivo que desarrolle los principios orientadores de la presente ley.
Artículo 19, Ley 1341 de 2009
FUNCIONES DE LA CRC
Son funciones de la Comisión de Regulación de Comunicaciones las siguientes:
1. Establecer el régimen de regulación que maximice el bienestar social de los usuarios.
2. Promover y regular la libre competencia para la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, y prevenir conductas desleales y prácticas comerciales restrictivas, mediante regulaciones de carácter general o medidas particulares, pudiendo proponer reglas de comportamiento diferenciales según la posición de los proveedores, previamente se haya determinado la existencia de una falla en el mercado.
1. Establecer el régimen de regulación que maximice el bienestar social de los usuarios.
2. Promover y regular la libre competencia para la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, y prevenir conductas desleales y prácticas comerciales restrictivas, mediante regulaciones de carácter general o medidas particulares, pudiendo proponer reglas de comportamiento diferenciales según la posición de los proveedores, previamente se haya determinado la existencia de una falla en el mercado.
3. Expedir toda la regulación de carácter general y particular en las materias relacionadas con el régimen de competencia, los aspectos técnicos y económicos relacionados con la obligación de interconexión y el acceso y uso de instalaciones esenciales, recursos físicos y soportes lógicos necesarios para la interconexión; así como la remuneración por el acceso y uso de redes e infraestructura, precios mayoristas, las condiciones de facturación y recaudo; el régimen de acceso y uso de redes; los parámetros de calidad de los servicios; los criterios de eficiencia del sector y la medición de indicadores sectoriales para avanzar en la sociedad de la información; y en materia de solución de controversias entre los proveedores de redes y servicios de comunicaciones.
4. Regular el acceso y uso de todas las redes y el acceso a los mercados de los servicios de telecomunicaciones, con excepción de las redes destinadas principalmente para servicios de televisión radiodifundida y radiodifusión sonora, hacia una regulación por mercados.
5. Definir las condiciones en las cuales podrán ser utilizadas infraestructuras y redes de otros servicios en la prestación de servicios de telecomunicaciones, bajo un esquema de costos eficientes.
5. Definir las condiciones en las cuales podrán ser utilizadas infraestructuras y redes de otros servicios en la prestación de servicios de telecomunicaciones, bajo un esquema de costos eficientes.
6. Definir las instalaciones esenciales.
7. Proponer al Gobierno Nacional la aprobación de planes y normas técnicas aplicables al sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, atendiendo el interés del país, según las normas y recomendaciones de organismos internacionales competentes y administrar dichos planes.
8. Determinar estándares y certificados de homologación internacional y nacional de equipos, terminales, bienes y otros elementos técnicos indispensables para el establecimiento de redes y la prestación de servicios de telecomunicaciones aceptables en el país, así como señalar las entidades o laboratorios nacionales autorizados para homologar bienes de esta naturaleza.
9. Resolver las controversias, en el marco de sus competencias, que se susciten entre los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones. Ningún acuerdo entre proveedores podrá menoscabar, limitar o afectar la facultad de intervención regulatoria, y de solución de controversias de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, así como el principio de la libre competencia.
10. Imponer de oficio o a solicitud de parte, las servidumbres de acceso, uso e interconexión y las condiciones de acceso y uso de instalaciones esenciales, recursos físicos y soportes lógicos necesarios para la interconexión, y señalar la parte responsable de cancelar los costos correspondientes, así como fijar de oficio o a solicitud de parte las condiciones de acceso, uso e interconexión. Así mismo, determinar la interoperabilidad de plataformas y el interfuncionamiento de los servicios y/o aplicaciones.
11. Señalar las condiciones de oferta mayorista y la provisión de elementos de red desagregados, teniendo en cuenta los lineamientos de política del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, garantizando la remuneración de los costos eficientes de la infraestructura y los incentivos adecuados a la inversión, así como el desarrollo de un régimen eficiente de comercialización de redes y servicios de telecomunicación.
12. Regular y administrar los recursos de identificación utilizados en la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones y cualquier otro recurso que actualmente o en el futuro identifique redes y usuarios.
12. Regular y administrar los recursos de identificación utilizados en la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones y cualquier otro recurso que actualmente o en el futuro identifique redes y usuarios.
13. Administrar el uso de los recursos de numeración, identificación de redes de telecomunicaciones y otros recursos escasos utilizados en las telecomunicaciones, diferentes al espectro radioeléctrico.
14. Definir por vía general la información que los proveedores deben proporcionar sin costo a sus usuarios o al público y, cuando no haya acuerdo entre el solicitante y el respectivo proveedor, señalar en concreto los valores que deban pagarse por concepto de información especial, todo ello sin perjuicio de la información calificada como reservada por la ley como privilegiada o estratégica.
15. Dictar su reglamento interno, así como las normas y procedimientos para el funcionamiento de la Comisión.
16. Administrar y disponer de su patrimonio de conformidad con las normas legales y reglamentarias aplicables y manejar los equipos y recursos que se le asignen, los que obtenga en el desempeño de sus funciones, y cualquier otro que le corresponda.
17. Emitir concepto sobre la legalidad de los contratos de los proveedores con los usuarios.
18. Resolver recursos de apelación contra actos de cualquier autoridad que se refieran a la construcción, instalación u operación de redes de telecomunicaciones.
17. Emitir concepto sobre la legalidad de los contratos de los proveedores con los usuarios.
18. Resolver recursos de apelación contra actos de cualquier autoridad que se refieran a la construcción, instalación u operación de redes de telecomunicaciones.
19. Requerir para el cumplimiento de sus funciones información amplia, exacta, veraz y oportuna a los proveedores de redes y servicios de comunicaciones a los que esta ley se refiere. Aquellos que no proporcionen la información antes mencionada a la CRC, podrán ser sujetos de imposición de multas diarias por parte de la CRC hasta por 250 salarios mínimos legales mensuales, por cada día en que incurran en esta conducta, según la gravedad de la falta y la reincidencia en su comisión.
20. Las demás atribuciones que le asigne la ley.
Artículo 22, Ley 1341 de 2009
3. Superintendencia de Industria y Comercio
Protección al consumidor:
En los sistemas económicos abiertos basados en la libertad de competencia, como el que opera actualmente en el país, el mercado asume un papel de primer orden ya que constituye la estructura comunicativa de la oferta y de la demanda. La política de protección al consumidor tiene su fundamento en el reconocimiento de la necesidad de acciones tendientes a reconocer los derechos de los consumidores, a la seguridad, la salud y protección de los legítimos intereses económicos, así como a la información y a la participación.
La Superintendencia es responsable de vigilar la observancia de las disposiciones contenidas en el estatuto de protección del consumidor, hoy decreto 3466 de 1982, en tal virtud tramita las denuncias que se presentan e inicia investigaciones de oficio tendientes a establecer su contravención. En este campo tiene facultades administrativas para ordenar la suspensión de conductas ilegales, sancionatorias para reprimir a los infractores y jurisdiccionales para resolver sobre la garantía mínima presunta.
La Superintendencia es responsable de vigilar la observancia de las disposiciones contenidas en el estatuto de protección del consumidor, hoy decreto 3466 de 1982, en tal virtud tramita las denuncias que se presentan e inicia investigaciones de oficio tendientes a establecer su contravención. En este campo tiene facultades administrativas para ordenar la suspensión de conductas ilegales, sancionatorias para reprimir a los infractores y jurisdiccionales para resolver sobre la garantía mínima presunta.
No hay comentarios:
Publicar un comentario